Sociedad

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"Quienes organicen actividades de nocturnidad y/o bailables deben contar con habilitación"

Su incumplimiento genera sanciones y clausuras, evítelo.

18 de septiembre de 2025

Desde el área de Inspección Urbana recordamos que todo local que pretenda realizar actividades de nocturnidad y/o bailables (ORDENANZA Nº 1764/12) debe contar con habilitación a tal fin.

Las solicitudes y documentación para su otorgamiento deben presentarse ante la Dirección de Inspección General, sita en calle Sarmiento esquina Isleño de esta ciudad, en el horario de 07:00 a 13:30 horas.

Su incumplimiento genera sanciones y clausuras, evítelo.

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