Sociedad

Sociedad

Deudas, cuotas y embargos: el proyecto para aliviar a familias endeudadas con el Banco Provincia

Un proyecto presentado en la Legislatura plantea refinanciar en hasta 60 meses las deudas de personas con más de 90 días de mora y limitar la cuota al 30% de los ingresos familiares. También contempla quitas de intereses punitorios, períodos de gracia y la suspensión de acciones judiciales mientras se cumpla el plan.

12 de agosto de 2026

El creciente endeudamiento de los hogares generó un nuevo un proyecto que propone crear un régimen extraordinario para que las personas que mantienen deudas en mora con el Banco Provincia, puedan acceder a planes de refinanciación acordes a su capacidad de pago con el objetivo de evitar que las obligaciones se vuelvan impagables y terminen profundizando la situación financiera de las familias.

La iniciativa fue presentada por el senador Marcelo Leguizamón, de Hechos, y plantea crear el "Régimen Extraordinario de Regularización, Recuperación del Crédito y Refinanciación de Deudas con el Banco de la Provincia de Buenos Aires".

El esquema alcanzaría a personas humanas que tengan obligaciones impagas con una mora de al menos 90 días, tanto si las deudas se encuentran en una instancia prejudicial como si ya fueron judicializadas. Entre las obligaciones contempladas aparecen préstamos personales y de consumo, saldos de tarjetas de crédito, adelantos o descubiertos en cuenta y otras financiaciones otorgadas por la entidad.

UNA CUOTA QUE NO SUPERE EL 30% DE LOS INGRESOS

Uno de los puntos centrales del proyecto es establecer un límite para evitar que la refinanciación termine generando un nuevo incumplimiento. La cuota mensual no podría superar, como regla general, el 30% de los ingresos netos del grupo familiar.

El régimen estaría destinado a familias cuyos ingresos no superen el equivalente a 10 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. Para acceder, además, deberán acreditar su capacidad real de pago y cumplir con una serie de requisitos establecidos por la futura reglamentación.

El proyecto también contempla procedimientos simplificados para acreditar ingresos en el caso de trabajadores independientes, monotributistas, jubilados, pensionados y otras personas cuyos ingresos no provengan exclusivamente de un empleo formal. La propuesta permitiría consolidar distintas obligaciones en un único plan y establecer plazos de hasta 60 meses. También podría contemplar períodos de gracia de hasta 12 meses para el pago de capital cuando la situación económica del deudor lo justifique.

Otro de los beneficios previstos es la reducción o condonación total o parcial de intereses punitorios, cargos y otros costos derivados exclusivamente de la mora.

EL CAPITAL NO SE CONDONA

Uno de los aspectos que los fundamentos buscan dejar en claro es que la iniciativa no plantea que el Estado se haga cargo de las deudas de los particulares ni una condonación general de las obligaciones.

Por el contrario, el capital adeudado continuaría siendo exigible. La propuesta apunta a modificar las condiciones de pago para transformar una deuda que puede resultar difícil de cobrar en una obligación que el deudor tenga posibilidades concretas de cumplir.

El proyecto sostiene que una deuda refinanciada bajo condiciones razonables puede tener mayores posibilidades de recupero que una obligación que, producto de los intereses y cargos acumulados por la mora, termine convirtiéndose en materialmente impagable. En esa línea, los fundamentos plantean que el problema no debería analizarse solamente desde la situación del deudor. Para el Banco Provincia, una cartera de créditos de difícil recuperación también implica mayores previsiones, costos administrativos, gestiones extrajudiciales y procesos judiciales que pueden extenderse durante años.

Por eso, la iniciativa busca establecer un mecanismo que permita reducir la morosidad y recuperar créditos, al mismo tiempo que les da a las familias una alternativa para ordenar sus obligaciones.

QUÉ PASARÍA CON LOS EMBARGOS Y LAS DEUDAS JUDICIALIZADAS

El proyecto también apunta a quienes ya ingresaron en una instancia judicial. En esos casos, la adhesión al régimen permitiría suspender, cuando jurídicamente corresponda, las medidas destinadas al cobro mientras el beneficiario mantenga el cumplimiento regular del plan. Durante ese período tampoco se generarían nuevos intereses punitorios sobre las sumas incorporadas a la refinanciación.

La suspensión no sería definitiva. Si el beneficiario incumple y el plan caduca, el Banco Provincia podría reanudar las acciones de cobro correspondientes, contabilizando los pagos que ya hubiera realizado el deudor.

UNA TASA DE HASTA 8% MÁS CER

El esquema también establece condiciones específicas para la refinanciación. El capital incorporado al régimen sería actualizado según la evolución del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) y sobre ese monto podría aplicarse una tasa de interés compensatorio de hasta el 8% nominal anual.

El Banco podría establecer tasas inferiores de acuerdo con la situación económica del deudor, el deterioro de la cartera y las posibilidades de recupero. Mientras el beneficiario mantenga el cumplimiento regular del plan, no se aplicarían intereses punitorios.

La iniciativa también busca que la regularización no se limite a salir de una situación de mora. Una vez cancelado al menos el 50% de las obligaciones incluidas en el plan y mientras exista cumplimiento, el Banco debería realizar una nueva evaluación de la situación crediticia del beneficiario.

Una vez cancelada la totalidad de la deuda refinanciada, la persona podría volver a solicitar productos y líneas de crédito del Banco Provincia, aunque su otorgamiento quedaría sujeto a las condiciones generales de evaluación crediticia vigentes.

CONTROL SOBRE EL IMPACTO PARA EL BANCO PROVINCIA

El proyecto incorpora además mecanismos de control para evitar que el régimen afecte la solvencia de la entidad.

Antes de ponerlo en marcha, el Banco Provincia debería elaborar un informe técnico sobre su impacto económico, financiero y patrimonial. Allí tendría que estimar, entre otros puntos, la cantidad de créditos potencialmente alcanzados, los niveles de morosidad, las previsiones de recupero y los costos de implementación. Además, el Banco debería enviar informes semestrales a la Legislatura con datos sobre la cantidad de solicitudes y planes otorgados, el monto de deuda incorporado, el dinero efectivamente recuperado, los niveles de cumplimiento e incumplimiento y las quitas aplicadas.

Los fundamentos remarcan que el Banco Provincia tiene una función estratégica vinculada al desarrollo económico y social, pero que esa función debe convivir con la necesidad de preservar su patrimonio, solvencia y equilibrio financiero. En ese sentido, el proyecto sostiene que no necesariamente existe una contradicción entre asistir a una familia endeudada y proteger al banco: una refinanciación que pueda ser cumplida puede aumentar las posibilidades de recuperar el crédito y reducir, al mismo tiempo, los costos derivados de la mora y la judicialización.

El régimen tendría carácter extraordinario y una vigencia de 18 meses, aunque los planes que se acuerden durante ese período continuarían vigentes hasta su cancelación total, aun cuando superen ese plazo.

EL PROYECTO COMPLETO

Comparte tu opinión, dejanos tu comentario

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.