Sociedad
La Municipalidad difundió los requisitos que deben cumplir los conductores de estos vehículos, entre ellos el uso obligatorio de casco, luces y seguro. El incumplimiento de las disposiciones puede derivar en multas y el secuestro del rodado.
28 de octubre de 2026
La Municipalidad de General Alvear dio a conocer las normas que regulan la circulación de monopatines y bicicletas eléctricas en la vía pública, conforme a lo establecido por la Ordenanza N.º 2707/2026, mediante la cual el municipio adhiere a la Resolución Nacional N.º 480/2020.
Entre los principales requisitos se establece que estos vehículos solo pueden ser conducidos por personas mayores de 16 años, deben contar con casco de protección, luces, bocina y seguro obligatorio. Además, la velocidad máxima permitida es de 30 kilómetros por hora.
La normativa también prohíbe circular por las veredas y transportar acompañantes, ya que se trata de vehículos de uso unipersonal.
Desde el municipio remarcaron la importancia de respetar estas disposiciones para garantizar la seguridad de los conductores y del resto de los usuarios de la vía pública, promoviendo una convivencia vial responsable.
Asimismo, advirtieron que el incumplimiento de las normas puede dar lugar a la aplicación de multas y al secuestro del vehículo, de acuerdo con la normativa vigente.
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