Sociedad

Sociedad

Establecen normas para la circulación de monopatines y bicicletas eléctricas

La Municipalidad difundió los requisitos que deben cumplir los conductores de estos vehículos, entre ellos el uso obligatorio de casco, luces y seguro. El incumplimiento de las disposiciones puede derivar en multas y el secuestro del rodado.

28 de octubre de 2026

La Municipalidad de General Alvear dio a conocer las normas que regulan la circulación de monopatines y bicicletas eléctricas en la vía pública, conforme a lo establecido por la Ordenanza N.º 2707/2026, mediante la cual el municipio adhiere a la Resolución Nacional N.º 480/2020.

Entre los principales requisitos se establece que estos vehículos solo pueden ser conducidos por personas mayores de 16 años, deben contar con casco de protección, luces, bocina y seguro obligatorio. Además, la velocidad máxima permitida es de 30 kilómetros por hora.

La normativa también prohíbe circular por las veredas y transportar acompañantes, ya que se trata de vehículos de uso unipersonal.

Desde el municipio remarcaron la importancia de respetar estas disposiciones para garantizar la seguridad de los conductores y del resto de los usuarios de la vía pública, promoviendo una convivencia vial responsable.

Asimismo, advirtieron que el incumplimiento de las normas puede dar lugar a la aplicación de multas y al secuestro del vehículo, de acuerdo con la normativa vigente.

Comparte tu opinión, dejanos tu comentario

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.