Sociedad
La medida cautelar alcanza a Tandil y Rauch
6 de enero de 2026
La discusión por el uso de agroquímicos en el centro bonaerense volvió a escalar a la máxima instancia judicial de la provincia. A partir de un reclamo presentado por vecinos de la Cuenca del Chapaleofú, la Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso la suspensión provisoria de artículos clave de las ordenanzas que regulan las fumigaciones en los partidos de Tandil y Rauch, mientras analiza el fondo del planteo.
La medida, de carácter cautelar, frena de manera precautoria las disposiciones que habilitan la aplicación de fitosanitarios a determinadas distancias de viviendas, escuelas y cursos de agua. El tribunal entendió que, en el estado actual del expediente, no cuenta con información suficiente para resolver de manera definitiva y advirtió que "se carece de información relevante para analizar acabadamente el andamiaje del planteo".
En es marco, el secretario de la Corte, Juan José Martiarena, intimó a los intendentes Miguel Ángel Lunghi (Tandil) y Maximiliano Suescún (Rauch) a que, en un plazo urgente de diez días, remitan todos los antecedentes administrativos, técnicos y ambientales que dieron origen a las ordenanzas cuestionadas. Entre la documentación solicitada se incluyen los estudios del impacto ambiental y evaluaciones previas sobre las aplicaciones de agroquímicos.
El conflicto por las distancias y el uso de agroquímicos
La resolución judicial tomó como base el dictamen del procurador general de la Provincia, Julio Conte Grand, quien había considerado atendible el reclamo vecinal y recomendó suspender las ordenanzas 850/12 de Rauch y 17.404/21 de Tandil. Ambas normas permiten fumigaciones a distancias que los denunciantes consideran insuficientes para resguardar la salud de la población y el equilibrio ambiental, especialmente en relación con la protección de la cuenca hídrica del Chapaleofú.
El reclamo fue impulsado por ocho vecinos nucleados en la ONG Defensores Ambientales de la Cuenca del Chapaleofú, que además de Tandil y Rauch incluye a las localidades tandilenses de Gardey y Vela, donde rige una normativa aprobada en 2022. La acción judicial se presentó como una demanda originaria de inconstitucionalidad, lo que habilitó la intervención directa de la Suprema Corte.
En el caso de Tandil, la cautelar impacta sobre una regulación que había sido fruto de un extenso proceso de debate político y social. La ordenanza aprobada en diciembre de 2021, tras una sesión atravesada por protestas de activistas ambientales y finalmente sancionada con 19 votos a favor y una abstención, amplió las zonas de exclusión y de amortiguamiento para la aplicación de productos fitosanitarios. Según el texto, esas distancias oscilan entre 60 y 800 metros, dependiendo del tipo de producto y del área involucrada.
Para los establecimientos educativos rurales, la normativa estableció mayores recaudos: una zona de exclusión de 150 metros y una de amortiguamiento de hasta 500 metros, además de la obligación de contar con barreras forestales, coordinar los horarios de aplicación con las instituciones y garantizar que las escuelas estén vacías durante las fumigaciones.
Sin embargo, para los vecinos afectados esas medidas no resultaron suficientes. Desde la ONG reclaman que se imponga una distancia precautoria de 1.095 metros para las aplicaciones terrestres y de 2.000 metros para las áreas, en línea con lo resuelto por la Justicia en el antecedente del partido de Pergamino. El planteo también pone el foco en el posible impacto de los agroquímicos sobre la cuenca del Chapaleofú, considerada una fuente hídrica sensible para la región.
Del otro lado, entidades rurales y productores advirtieron que, si se confirman esas restricciones, miles de hectáreas quedarían fuera del esquema productivo tradicional. Desde la Sociedad Rural señalaron que la aplicación de distancias más amplias haría inviable la siembra bajo los métodos convencionales, que utilizan fitosanitarios para el control de plagas, malezas y enfermedades.
Mientras tanto, la decisión de la Corte deja en suspenso un esquema normativo que, al menos en Tandil, era considerado por algunos sectores como uno de los más avanzados de la provincia, en un contexto marcado por la ausencia de una ley bonaerense que unifique criterios y delega en los municipios la regulación del uso de agroquímicos. El fallo definitivo dependerá ahora de la información que aporten los municipios y del análisis que realice el máximo tribunal sobre un conflicto que vuelve a poner en tensión producción, ambiente y salud pública.
Infocielo
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