Alumnos del Instituto Carmen Aureliana Micheo, presentaron un proyecto en el Concejo Deliberante Juvenil, solicitando la creación de "Conectados Alvear", un programa destinado a promover la inclusión digital y el acompañamiento tecnológico de los adultos mayores de la comunidad.
EL PROYECTO DE ORDENANZA "CONECTADOS ALVEAR":
Programa Municipal de Inclusión y Acompañamiento Digital para Adultos Mayores
VISTO
La necesidad de promover la inclusión digital de los adultos mayores del Partido de General
Alvear y garantizar el acceso equitativo a las herramientas tecnológicas necesarias para la
comunicación, el acceso a la información y la realización de trámites digitales, y
CONSIDERANDO
Que la tecnología ocupa un lugar cada vez más importante en la vida cotidiana de las personas.
Que numerosos servicios, trámites y gestiones vinculados a la salud, organismos públicos,
entidades bancarias y medios de comunicación requieren actualmente el uso de dispositivos
digitales.
Que muchos adultos mayores encuentran dificultades para acceder y utilizar estas herramientas debido a la falta de conocimientos específicos o de oportunidades de
capacitación.
Que esta situación puede generar dependencia de terceros para realizar tareas básicas, dificultando su participación plena en la vida social y comunitaria.
Que resulta necesario impulsar acciones que favorezcan la inclusión digital y promuevan una mayor participación de los adultos mayores en la sociedad actual.
Que los jóvenes poseen conocimientos tecnológicos que pueden ponerse al servicio de la
comunidad mediante propuestas solidarias que fomenten el intercambio de saberes y el
encuentro entre generaciones.
Que la articulación entre el Municipio, las instituciones educativas, los centros de jubilados,
hogar de ancianos y demás organizaciones comunitarias permitirá desarrollar estrategias de
capacitación y acompañamiento con amplio alcance territorial.
Que la elaboración de una Guía Digital para Adultos Mayores constituirá una herramienta
práctica y accesible para reforzar los conocimientos adquiridos durante las capacitaciones y
facilitar su consulta permanente.
Que la inclusión digital contribuye a mejorar la calidad de vida, fortalecer la participación social
y garantizar una mayor igualdad de oportunidades.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL ALVEAR SANCIONA CON
FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°
Créase en el ámbito del Partido de General Alvear el Programa Municipal "Conectados Alvear",
destinado a promover la inclusión digital y el acompañamiento tecnológico de los adultos
mayores de la comunidad.
ARTÍCULO 2°
El programa tendrá como objetivos:
- Facilitar el acceso de los adultos mayores a las herramientas digitales.
- Favorecer la realización autónoma de trámites y gestiones mediante plataformas digitales.
- Promover el uso seguro y responsable de las tecnologías.
- Reducir la brecha digital existente.
- Fortalecer los vínculos intergeneracionales mediante acciones de participación comunitaria.
ARTÍCULO 3°
La autoridad de aplicación implementará talleres gratuitos de capacitación digital destinados a
adultos mayores, pudiendo desarrollarse en establecimientos educativos, centros de jubilados,
espacios comunitarios y dependencias municipales.
ARTÍCULO 4°
Los contenidos mínimos de las capacitaciones incluirán:
- Uso básico de teléfonos celulares y tablets.
- WhatsApp y videollamadas.
- Correo electrónico.
- Manejo de fotografías y archivos.
- Solicitud de turnos médicos.
- Trámites digitales ante organismos públicos.
- Home Banking y billeteras virtuales.
- Seguridad digital.
- Prevención de estafas telefónicas y virtuales.
ARTÍCULO 5°
Créase el Programa de Voluntariado "Padrinos Digitales", mediante el cual estudiantes de
establecimientos educativos del distrito podrán participar acompañando y orientando a los
adultos mayores durante el desarrollo de las actividades.
ARTÍCULO 8°
La autoridad de aplicación promoverá la realización de encuentros intergeneracionales,
jornadas de capacitación y espacios de consulta tecnológica destinados a fortalecer los
objetivos del programa.
ARTÍCULO 9°
Invítese a participar de la presente iniciativa a instituciones educativas, centros de jubilados,
organizaciones sociales, bibliotecas populares y demás entidades comunitarias del distrito.
ARTÍCULO 10°
Los gastos que demande la implementación de la presente ordenanza serán imputados a las
partidas presupuestarias correspondientes.
ARTÍCULO 11°
Comuníquese, publíquese y archívese.