Sociedad
. La clínica privada obliga al personal de limpieza a auxiliar a las enfermeras en la atención de los pacientes y, en muchas ocasiones, se recurre directamente a la policía bonaerense para el control físico de personas que atraviesan algún tipo de crisis subjetiva.
28 de octubre de 2025
A mediados de octubre el Juzgado de Familia 1 de Olavarría, a cargo del magistrado Daniel Horacio Morbiducci, resolvió favorablemente el recurso de habeas corpus colectivo y de carácter correctivo que fuera presentado por la CPM -en su rol de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura- por las gravosas condiciones de alojamiento y el régimen de cuidados y de atención sanitaria detectado en el Instituto Interdisciplinario de Salud Mental de Olavarría. La clínica privada obliga al personal de limpieza a auxiliar a las enfermeras en la atención de los pacientes y, en muchas ocasiones, se recurre directamente a la policía bonaerense para el control físico de personas que atraviesan algún tipo de crisis subjetiva.
El grave cuadro de vulneraciones de derechos y de irregularidades administrativas con las que opera el Instituto Interdisciplinario de Salud Mental de Olavarría fue relevado por los equipos profesionales de la CPM en septiembre pasado, en el marco de una jornada de inspección en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura.
En ese momento estaban internadas 38 personas mayores de edad, para cuya atención había tres enfermeras entre la mañana y la tarde, y dos para el turno de la noche. Frente a la notoria falta de personal, la CPM pudo saber que la clínica obligaba al las mujeres que realizan tareas de limpieza a asistir a las enfermeras con tareas como higiene de personas durante las madrugadas, contención de pacientes en casos de crisis subjetivas y permanencia en uno u otro sector de la institución mientras el personal de salud estuviera en algún sitio atendiendo una situación particular.
Pero lo más grave fue la constatación de que, en casos puntuales y a criterio del personal de enfermería, se recurre a la policía bonaerense para que envíe agentes con el único fin de asistir en el control de personas que atraviesan aquellas crisis.
De hecho, esta particularidad fue descripta a la CPM por parte del propio personal: en aquellos casos en que se dificulta el abordaje, se comunican telefónicamente con el médico de guardia quien a su vez llama a la policía para que "envíen refuerzos". Y agregaron respecto a la intervención policial: "Ya los ven y se calman".
Por otro lado, se registró el incumplimiento de muchos de los principios y criterios previstos en la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 en cuanto a las modalidades de abordaje: la clínica de Olavarría no cuenta con espacios terapéuticos individuales ni control de los planes farmacológicos administrados, así como tampoco guardia interdisciplinaria a los fines de abordar posibles descompensaciones o crisis de los cuadros de salud mental.
En el mismo sentido, se registraron irregularidades en el suministro de medicación; sujeción mecánica gravosa; vulneración de la intimidad de mujeres alojadas -en una de las habitaciones se detectó una cámara de seguridad, que vulnera el derecho a la privacidad de quienes allí son alojadas-; y atención médica deficiente, entre otras graves falencias.
Fuente Infoeme
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