Sociedad
Gentileza: Alberto Alaniz
3 de junio de 2023
Teniendo en cuenta el haber mínimo aplicado por el organismo previsional, a partir del mensual de JUNIO de 2023, de acuerdo a los Coeficientes del Decreto 662/81 y la Resolución 406/89 en vigencia, se registran para Jubilaciones y Pensiones Ferroviarias los valores mínimos que detallamos a continuación:
Conductor y Pensionada de Conductor (Dec. 662/81) $ 156.773,51
Personal Ferroviario comprendido en la (Res. 406/89) $ 120.595,00
Cordialmente; Alberto Alaniz
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.