Sociedad
Los Jóvenes a través de un proyecto presentado en el Concejo Deliberante Juvenil
4 de septiembre de 2026
El bloque de concejales de la Escuela de Educación Secundaria 1, presento un proyecto, solicitando la creación de un programa municipal "Tu Cartelera Artística Comunitaria, con el fin de que se difundan las actividades culturales, deportivas, educativas y de interés comunitario. "Creemos que no alcanza con la difusión a través de los medios y redes sociales", señalaron al momento de defender el proyecto:
Agenda creativa Alvear: tu cartelera artística comunitaria
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL DE GENERAL ALVEAR
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de que la comunidad de General Alvear cuente con espacios destinados a la difusión de actividades culturales, artísticas, educativas, deportivas y de interés comunitario.
Y CONSIDERANDO:
Que constantemente se desarrollan en la ciudad presentaciones de danza, teatro, música, actividades deportivas y otros eventos de carácter público y privado, los cuales muchas veces no alcanzan la difusión necesaria.
Que resulta importante brindar a la comunidad un medio accesible para conocer las actividades que se desarrollan en el distrito, favoreciendo la participación ciudadana.
Que la instalación de cartelería informativa en espacios públicos permitirá promover eventos culturales, deportivos, educativos y sociales, fortaleciendo el acceso a la información y la integración comunitaria.
Que es función del Municipio fomentar la cultura, el deporte y las actividades recreativas, garantizando herramientas que faciliten su difusión.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL DE GENERAL ALVEAR SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Artículo 1°: Créase el Programa Municipal de Cartelería Informativa, destinado a la instalación de tableros de anuncios en espacios públicos para la difusión de actividades culturales, artísticas, deportivas, educativas y de interés comunitario.
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo determinará la ubicación de los tableros informativos, priorizando plazas, parques, el frente del Cine Teatro Municipal y otros espacios de alta circulación de vecinos, garantizando su adecuado mantenimiento.
Artículo 3°: La utilización de los tableros será gratuita para la difusión de actividades de interés comunitario, conforme a la reglamentación que dicte el Departamento Ejecutivo.
Artículo 4°: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes del Presupuesto Municipal vigente.
Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, regístrese y archívese.
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